El Ministerio de Cultura oficializó el proyecto de reglamento de la Ley 32586 para definir los parámetros de venta, costos y vigencia del Boleto Turístico en Cusco. Esta norma busca ordenar el tránsito hacia un sistema transparente, trazable e integrado que optimice la gestión del flujo de visitantes. (Perú gana 6 galardones en los World Travel Awards 2026)
Cusco: reglamentan el Boleto Turístico para ordenar tarifas y trazabilidad digital
El proyecto fija parámetros de costos, establece modalidades integrales y parciales, y mantiene los regímenes especiales para Cusco sin alterar Machu Picchu.
El nuevo marco regulatorio busca optimizar la gestión comercial y trazabilidad de los atractivos culturales de Cusco.
En pocas palabras
- Reglamentación Boleto Turístico: El Ministerio de Cultura oficializó el reglamento para definir venta, costos y vigencia.
- Sistema Transparente: Propone modalidades integral y parcial con código único y plataforma digital estatal.
- Excepciones: Se mantiene régimen especial para Cusco, sin afectar Machu Picchu ni Camino Inca.
La propuesta técnica plantea dos modalidades de adquisición para los visitantes: una entrada integral y otra parcial según los circuitos seleccionados. Cada boleto incorporará un código único mediante una plataforma digital del Estado, garantizando una validación ágil y la trazabilidad de la recaudación para todos los operadores turísticos.
Parámetros técnicos para tarifas en Cusco
El valor monetario del boleto responderá a criterios verificables sobre la cantidad, naturaleza y características de los bienes patrimoniales incluidos. Asimismo, los Comités de Coordinación fijarán los periodos de validez, contemplando esquemas de devolución total o parcial si surgen imprevistos que impidan el acceso efectivo a las atracciones.
La propuesta contempla mantener la vigencia del régimen especial para el Cusco administrado mediante el Cosituc. De igual manera, la norma precisa expresamente que sus disposiciones no resultan aplicables al Parque Arqueológico de Machu Picchu ni a la Red de Caminos Inca, los cuales conservan sus normativas independientes.
Modernización normativa y gestión del patrimonio
El nuevo marco legal reemplaza la anterior Ley 28719, cuya capacidad normativa resultaba insuficiente para articular la oferta turística territorial nacional. Mediante una plataforma digital centralizada, la autoridad fiscalizará aforos, transferencias e incidencias de conservación para garantizar la gestión sostenible y la protección efectiva de la riqueza patrimonial.
Esta actualización regulatoria impactará directamente en la comercialización de un amplio inventario nacional que supera los 31 mil monumentos y sitios arqueológicos. Con la mayor concentración patrimonial distribuida en regiones como Lima, Arequipa y Cusco, la industria turística formal contará con reglas predecibles para consolidar sus operaciones comerciales.
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