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Nueva medida a la que podrán adherirse empresas en crisis

Empresas que sustenten falta de ingresos por crisis sanitaria podrán optar por esta figura laboral.

En conferencia de prensa en Palacio de Gobierno, Sylvia Cáceres, titular del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE), anunció la aprobación mediante un decreto de la aplicación de la suspensión perfecta de labores. Se trata de una figura excepcional en la que, a efectos prácticos, el empleador suspende el pago de la remuneración por un máximo de 90 días, y el empleado desiste de prestar servicio alguno para dicha empresa.

Esto se produce cuando las empresas no pueden pagar las licencias con goce de haber en contextos fortuitos o de fuerza mayor, como sería el contexto actual de la pandemia por Covid-19.

A la espera del documento oficial que permita la aplicación de la medida en la coyuntura actual, cabe recordar que esta figura laboral está contemplada en una ley que data de 1994, en el artículo 15 de la Ley de Productividad y Competitividad Laboral.

REQUISITOS Y SANCIONES.

La ministra Cáceres dijo que esta figura existe para que se mantenga el vínculo laboral entre el trabajador y el empleador. "Comprende a las empresas cuya actividad económica se haya visto seriamente afectada por esta crisis, algo que tendrá que acreditar, y que no pueda hacer uso del trabajo remoto", explicó.

Para poder hacer uso de esta figura, el empleador deberá sustentar que cumple con los requisitos mencionados con una declaración jurada ante la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil).

Lo siguiente es que el MTPE tiene un plazo determinado para determinar si la medida tomada es la indicada, de lo contrario se ordena que todos los trabajadores regresen a sus puestos y que se les pague por los días no laborados.

Además, al haberse omitido el pago de la remuneración, la empresa podrá ser sancionada por Sunafil.

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