La actividad de buceo ha sido recientemente regulada por el Instituto Nacional de Calidad (Inacal) a través de la aprobación de la "Norma Técnica Peruana 799.019.2022. Turismo. Turismo de aventura en la modalidad de buceo. Requisitos de equipamiento y seguridad".
Buceo: Inacal aprobó normas para agencias de viajes
En efecto, las agencias de viajes que presten el servicio de buceo deberán aplicar una serie de lineamientos para contar con estándares de calidad y garantizar seguridad a los turistas.
"Para asegurar la calidad de un sector económico tan importante para el país, contamos con 14 Normas Técnicas Peruanas sobre turismo de aventura", refirió Clara Gálvez, presidenta ejecutiva del Inacal.
Cabe resaltar que la norma referida define al buceo como una actividad que consiste en sumergirse en el agua, ya sea en el mar, un lago o un río con o sin ayuda de equipos especiales.
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Requisitos para el buceo seguro
Con la norma recientemente aprobada, el Inacal estableció que las agencias de viajes especializadas en turismo de aventura que ofrezcan el servicio de buceo deben contar con una dirección física donde puedan ser ubicadas.
Asimismo, es su deber asegurarse de la calidad de los equipos y de la vestimenta técnica empleada para bucear y cumplir con lo establecido en la norma vigente.
Finalmente, las agencias de turismo están en la obligación de establecer un plan de respuesta ante accidentes y manejar procedimientos de atención de reclamos según lo dispuesto en la normativa de protección al consumidor.
Más información en la web del Inacal.
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