Indecopi ordenó en segunda y última instancia administrativa que Peruvian Airlines reembolse el valor total de los boletos aéreos adquiridos por todos los pasajeros afectados por la demora, reprogramación y cancelación de 29 vuelos programados del 31 de marzo al 30 de diciembre de 2017.
Peruvian Airlines incumplió con 29 vuelos

Indecopi, a través de la DSD, gestionó y obtuvo la protección de la Marca País Perú por tiempo indeterminado, imprescriptible e inembargable.
Debido a que aerolínea se encuentra en un procedimiento concursal, los consumidores beneficiados con dicho mandato podrán presentar sus solicitudes de reconocimiento de créditos ante la Comisión de Procedimientos Concursales (CCO), sin necesidad de realizar el pago de la tasa administrativa. La resolución 1254-2021/SPC de la Sala Especializada en Protección al Consumidor precisa que no serán considerados para efectos de este mandato los pasajeros que ya hayan obtenido el reembolso del valor de sus boletos, o que hayan aceptado la reprogramación de su vuelo inicial por un vuelo sustitutivo.
En nota de prensa, Indecopi informa que considerando que, a la fecha, Peruvian Air Line S. A. C. se encuentra sometida a un procedimiento concursal, lo cual le impide efectuar el reembolso ordenado de forma directa e inmediata, cada consumidor afectado podrá presentar la solicitud de reembolso del valor de su pasaje.
Agrega que esta solicitud se podrá presentar sin la necesidad de pagar una tasa administrativa para ello, en virtud de lo cual, la CCO procederá con la evaluación de estas solicitudes. Basta con ingresar la solicitud, mediante la mesa de partes virtual del Indecopi (www.indecopi.gob.pe/mesadepartes) y adjuntar el ticket aéreo para que la misma sea evaluada.
El ente regulador explica que, en el marco del referido procedimiento concursal, corresponderá a la Junta de Acreedores de Peruvian Airlines decidir el destino del deudor.
Es decir, optar por una reestructuración patrimonial o la disolución y liquidación y aprobar, según corresponda, el respectivo plan de reestructuración o convenio de liquidación, que contendrá las condiciones de pago de la deuda concursal, incluido el reembolso del valor de los boletos aéreos.
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