La emisión del pasaporte electrónico ordinario ahora tendrá una validez de 10 años, según la modificación del reglamento del Decreto Legislativo N° 1350 y acorde a la ley N° 31678. Con esta actualización en la normativa, Migraciones deberá proceder con los cambios para empezar a emitir el documento de viaje.
Pasaporte: Migraciones autoriza la emisión de documentos con vigencia de 10 años
La oficina de migraciones ahora podrá emitir el pasaporte electrónico ordinario con una vigencia máxima de 10 años para las personas mayores de 18 años.
De acuerdo a este decreto, el carné de viaje para menores de 12 años tendrá una vigencia de tres años, para adolescentes de 13 a 17 años será válido por cinco años y al cumplir 18 años, el titular deberá solicitar uno para mayor de edad con vigencia de diez (10) años.
En agosto pasado, Migraciones concluyó con éxito las adecuaciones técnicas e informáticas necesarias para implementar esa importante medida.
La normativa también aborda el procedimiento de pasaporte de urgencia, ante la proximidad de un viaje internacional, siempre y cuando el usuario tenga el boleto de viaje o tarjeta de embarque; entre otros procedimientos, como el proceso de anulación o cancelación de pasaportes.
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Procedimientos para obtener el pasaporte
Se debe recordar que el solicitante deberá contar con la cita virtual para trámite de expedición de pasaporte electrónico ordinario; y se presentará personalmente ante la sede de Migraciones, canales de atención MAC o cualquier otro lugar autorizado por la entidad.
Para esta citación, deberá asistir con su DNI de acuerdo con lo establecido en los artículos 22-A y 22-B, de corresponder, del mencionado reglamento. Este procedimiento administrativo es de aprobación automática.
En caso el administrado no haya asistido o no haya cumplido con las condiciones y requisitos para su atención, al finalizar el día, Migraciones procederá a desvincular el recibo que generó la cita. “Luego de ello, el administrado tiene expedito su derecho de programar otra cita o solicitar la devolución del pago”, indica la norma.
Los menores de edad cumplirán y presentarán las condiciones y requisitos antes mencionados y comparecerán personalmente, representados por al menos uno de sus padres, representante legal o figura legalmente afín, previa obtención de cita virtual, con su DNI en buen estado.
Para más información puedes revisar la web de Migraciones.
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